Aclaración Importante: Condición de persona refugiada vs. Regularización
Solicitar la condición de persona refugiada NO es un trámite de regularización migratoria. Es una solicitud de protección internacional porque tu vida corre peligro. Sin embargo, realizar este trámite te da el derecho de solicitar la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH) de manera gratuita ante el INM, sin pagar gestores.
Conceptos clave sobre Protección Internacional
Persona en condición de persona refugiada Quien huye de su país por fundados temores de persecución (raza, religión, nacionalidad, grupo social, opiniones políticas) o violencia generalizada y no puede acogerse a la protección de su país.
Protección complementaria Si la COMAR decide que no serás reconocido como persona en condición de persona refugiada, aún puede otorgarte esta protección si identifica que estarías en peligro de sufrir tortura o tratos crueles al volver a tu país.
Derecho a la No Devolución Prohibición absoluta que tiene México de devolverte a un país donde tu vida corra riesgo. Te protege desde que inicias tu trámite o manifiestas el interés de iniciarlo.
Tus Derechos y Responsabilidades como Solicitante
Conoce tus Derechos:
No devolución Garantía de no ser deportado ni devuelto a tu país mientras tu solicitud es analizada.
Confidencialidad No se compartirá tu información personal ni la de tu caso con tu país de origen.
Gratuidad Ninguna autoridad debe exigirte pago; cualquier trámite con COMAR e INM sobre asilo es gratuito.
Acceso a justicia Tienes derecho a contar con una abogada o abogado público o privado durante todo el procedimiento.
Intérprete Si no hablas español, tienes derecho a pedir una persona traductora y elegir ser entrevistado por un hombre o una mujer.
Educación y Salud Tú y tu familia tienen pleno derecho de acceder a los servicios públicos de educación y salud.
Unidad Familiar Derecho a incluir a tus familiares en el caso o solicitar la reunificación si ya eres persona en condición de persona refugiada.
Revisión Si recibes una respuesta negativa tienes derecho a pedir que revisen nuevamente tu caso en 15 días.
Responsabilidades durante el proceso:
Información verídica Lo que declares en tus entrevistas y formulario debe ser siempre verdadero y completo.
Firmar asistencias Debes acudir a firmar asistencia en COMAR/INM en las fechas y horarios indicados.
No salir del Estado Quédate en el Estado donde iniciaste el trámite hasta tener respuesta, salvo que pidas permiso.
Plazo de 30 días A partir del día siguiente al que ingresaste al país, tienes 30 días hábiles para solicitar la condición de persona refugiada.
Procedimiento para solicitar la condición de persona refugiada ante la COMAR
1. Solicitud inicial (Plazo de 30 días)
Tienes un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que ingresaste a México, para presentar tu solicitud ante la COMAR. Si no hay una oficina de COMAR cerca, puedes acudir a las Oficinas de Regulación Migratoria del INM. Si ha pasado más tiempo, acércate y explica detalladamente las razones por las cuales no te fue posible presentar tu solicitud antes.
2. Formulario y Constancia de Trámite
Llenarás un cuestionario explicando los motivos por los que saliste de tu país y por qué no puedes regresar. En este paso debes incluir a todos los familiares que viajan contigo. Al finalizar, la COMAR te otorgará una Constancia de Trámite.
¿Qué es la Constancia de Trámite? Es el documento oficial y gratuito que prueba que te encuentras en el procedimiento. Evita que seas devuelto a tu país y te otorga el derecho a tramitar una CURP de manera temporal. Debes llevarla siempre contigo.
3. Las Entrevistas (Asistencia y Elegibilidad)
La COMAR te contactará para realizar por lo menos dos entrevistas, que pueden ser presenciales o por videollamada:
- Entrevista de Asistencia: Es breve, sirve para conocer tu estado, tus necesidades inmediatas y facilitarte acceso a servicios públicos o albergues.
- Entrevista de Elegibilidad (La "grabada"): Es una entrevista extensa, confidencial e individual para conocer a fondo tu historia y los motivos por los que huiste. Puedes solicitar una persona intérprete si no hablas español y pedir que te entreviste un hombre o una mujer. Da todos los detalles posibles; presentar pruebas documentales es tu derecho, pero no es obligatorio.
4. Obligación de Firma y Permanencia
Con tu Constancia de Trámite adquieres dos responsabilidades fundamentales: 1) Presentarte a firmar semanal o quincenalmente en los días que la COMAR o el INM te indiquen. 2) No salir del Estado (entidad federativa) donde iniciaste el trámite. Si faltas a firmar o te mudas sin autorización, tu caso será dado por abandonado.
5. Resolución
La COMAR tiene un plazo legal de 45 días hábiles para estudiar tu caso, el cual puede ampliarse hasta 90 días o más. Recibirás alguna de estas respuestas:
- Positiva (Persona en condición de persona refugiada o Protección Complementaria): Deberás acudir al INM a tramitar tu Residencia Permanente.
- Negativa: Tienes derecho a presentar un Recurso de Revisión en los siguientes 15 días hábiles para que reevalúen tu caso.
Formatos Descargables de la COMAR (Simplificación Administrativa)
La COMAR realiza acciones de mejora administrativa y pone a disposición formatos oficiales para agilizar tus trámites. Están disponibles en español, creole, francés e inglés. Todos los trámites de la COMAR son gratuitos, presenciales y confidenciales.
Formatos disponibles:
- FF-SGOB-06-001: Reconocimiento de la condición de persona refugiada.
- FF-SGOB-06-002: Solicitud de autorización para continuar el trámite en otra entidad federativa.
- FF-SGOB-06-003: Solicitud de reunificación familiar de personas en condición de persona refugiada.
- FF-SGOB-06-004: Solicitud de apoyo para la obtención del documento de identidad y viaje.
- FF-SGOB-06-005: Solicitud de recomendación para efectos de naturalización.
- FF-SGOB-06-006: Aviso de salida al país de origen.
- FF-SGOB-06-007: Aviso de cambio de residencia.
- FF-SGOB-06-008: Aviso de la renuncia a la condición de persona refugiada o a la protección complementaria.
Paso a paso para entregarlos:
- Ingresa a la página web (enlace aquí) y ubica el trámite que deseas realizar.
- Descarga el formato y llénalo de forma legible (a mano o computadora, y con firma autógrafa).
- Acude a las oficinas de la COMAR o del INM más cercano a tu domicilio.
- Entrega en original y copia (para tu acuse), así como los demás requisitos que sean necesarios para tu trámite.
- Sigue las indicaciones para dar seguimiento a tu procedimiento.
Recomendaciones ante una Verificación Migratoria (Retenes)
- Lleva siempre contigo la documentación que acredite tu estatus migratorio o tu solicitud (TVRH, Residencia, o Constancia de Trámite).
- Importante: La Constancia de Trámite de COMAR sólo es válida en la entidad donde tienes tu trámite activo.
- Si estás en Ciudad de México, fuiste al módulo y aún no te dan tu constancia, guarda una captura de pantalla del correo y el folio que COMAR te dio.
- Si te detienen, explica claramente que sabes que tienes derecho a no ser devuelto a tu país porque tu vida corre peligro.
- Mantén la calma y comunícate con la Defensoría Pública (800 224 2426), CNDH (800 715 2000) o ACNUR México.
¿Qué derechos tienes si estás en una Estación Migratoria (Detención)?
- Derecho a solicitar la condición de persona refugiada: Si tu vida corre peligro, puedes solicitar la condición de persona refugiada incluso estando en detención.
- Derecho a la no notificación consular: Tienes el derecho de exigir que NO se avise ni contacte al gobierno o embajada de tu país si eso te pone en riesgo.
- Unidad familiar: Tienes derecho a que se garantice que no te separen de tu familia.
- Conocer el nombre y la ubicación de la estación en donde te encuentras y el motivo de tu ingreso.
- Estar en un espacio con condiciones dignas, sin recibir trato discriminatorio.
- Recibir alimentos en buen estado 3 veces al día, además de atención médica, medicamentos y atención psicológica.
- Poder mantenerte en comunicación (hacer y recibir llamadas telefónicas).
Procesos ante el Instituto Nacional de Migración (INM)
Documentos Migratorios (INM)
El INM es la autoridad que expide tus tarjetas físicas de estancia en México. Debes acudir a ellos en dos momentos específicos:
- Si eres Solicitante ante COMAR: Con tu Constancia de Trámite, debes acudir al INM para solicitar tu Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH). Esta tarjeta te otorga una estancia regular temporal, evita detenciones y te da permiso explícito para realizar actividades remuneradas (trabajar).
- Si la COMAR ya te reconoció como persona en condición de persona refugiada: Con tu Constancia de Reconocimiento Positiva, debes acudir al INM para tramitar tu Tarjeta de Residente Permanente (TRP), la cual te otorga derechos plenos de residencia indefinida en el país.
Requisitos adicionales para el Empleo Formal
Además de tu tarjeta expedida por el INM (TVRH o Permanente), las empresas te pedirán los siguientes documentos gratuitos:
CURPEs un registro individual. Te la asignan temporalmente al recibir tu constancia de trámite y se vuelve permanente al ser persona en condición de persona refugiada.
RFCLo emite el SAT. Requiere hacer una cita previa en línea. Debes llevar tu CURP, comprobante de domicilio y tu tarjeta del INM vigente.
NSSEs el registro ante el IMSS. Es permanente e intransferible. Lo puedes tramitar completamente gratis por internet o en la App IMSS Digital.
Comprobante de DomicilioRecibo de luz (CFE), agua o teléfono. No debe ser mayor a 3 meses. Es válido aunque esté a nombre de la persona que te renta el cuarto o la casa.
Acceso a la Educación Básica sin Fronteras
En la Ciudad de México y en el resto del país, la educación es un derecho sin importar tu origen. No necesitas CURP ni documentos de tu país para iniciar la inscripción de niñas, niños y adolescentes en la escuela pública. Si no hay cupo en la más cercana, te asignarán otra y los ubicarán en el grado correspondiente a su edad y conocimientos.
Respuestas claras a dudas comunes sobre el INM, COMAR, regularización y tus derechos.